Corporación municipal
Foto de familia de la nueva corporación municipal. Arriba, de pie, de izquierda a derecha, Adolfo Pedro Revestido (PP), Pedro Jesús Jarabo (PP), Joaquín Lizaga (VOX), María Isabel Calzada (VOX), Daniel Tello (PSOE), Ángel Manrique (PSOE), Rebeca Chueca (PSOE), Ana Isabel Arbuniés (PSOE), David Del Fresno (FIA), Luis Antonio Lahuerta (FIA), Rubén Estévez (IU), Melchor Marco (IU); sentados, de izquierda a derecha, María Eugenia Muñoz (PP), Daniel Gil (PP), María Jesús Sariñena (PP), Miguel Calderón (PP) y María Ángeles Larraz (PP).
Corporación 2023-2027
La corporación municipal para el mandato 2023-2027 está integrada por 7 concejales del PP, 4 del PSOE, 2 de VOX, 2 de FIA y 2 de IU, y la gobernabilidad del municipio se articula gracias a un pacto de gobierno entre PP y VOX. La alcaldesa del municipio es María Jesús Sariñena (PP).
El Pleno está integrado por todos los concejales y concejalas que resultan elegidos, y es presidido por el alcalde. Le corresponde el ejercicio de una serie de competencias, que podrían agruparse de la siguiente forma:
- De control del resto de órganos de gobierno (conoce los decretos y resoluciones del alcalde y concejales-delegados; plantea ruegos y preguntas; aprueba las cuentas; vota las mociones de censura y las cuestiones de confianza, etc).
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De ordenación general (aprobación de instrumentos de ordenación urbanística -PGOU-; de las ordenanzas municipales; del presupuesto del municipio, etc.)
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De naturaleza patrimonial (alteración de la calificación jurídica de los bienes de propiedad municipal; venta de los mismos cuando su importe exceda de la cuantía legalmente establecida; contratos de gran envergadura, etc).
- De mantenimiento de la identidad municipal (alteraciones del término municipal o de la capitalidad del municipio; participación en mancomunidades o consorcios; aceptación de competencias delegadas por otras administraciones, etc).
Los Plenos ordinarios se celebrarán con periodicidad mensual, excepto el mes de agosto, el tercer lunes de cada mes, a las diecinueve horas.
Si los días anteriormente señalados coincidiesen en día inhábil, se celebrará el primer día hábil siguiente a aquel en que hubiera debido celebrarse de acuerdo con lo anterior; siempre que no coincida en víspera de día festivo o inhábil en cuyo caso se trasladará al siguiente día hábil.
Previa consulta y propuesta razonada realizada por la Alcaldía a los portavoces de los grupos municipales con dos días de antelación al menos a aquél en que hubiera de convocarse sesión ordinaria y, mediando conformidad unánime de aquéllos, podrá celebrarse en fecha distinta a la indicada.