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50180 Utebo, Zaragoza

¿Existe normativa municipal sobre instalacion aire acondicionado en fachada?

Autor: 
Ruben
Tipo: 
Consulta
Me gustaria saber si existe alguna normativa sobre la instalacion de aires acondicionados en fachadas y si es asi donde consultar, gracias. ( Le pregunto a usted por que en el apartado de equipo de gobierno no queda claro quien es el concejal de urbanismo)
Respuesta: 
Estimado vecino, le mando un extracto de la normativa sobre instalación de máquinas exteriores en fachadas, tal como nos solicita. En cuanto a las máquinas exteriores el PGOU prevé: Art. 3.3.21. INSTALACIÓN DE CLIMA ARTIFICIAL 6.- La salida de aire caliente de la refrigeración, salvo casos justificados por los servicios técnicos municipales, no se hará sobre la vía pública, debiendo hacerse a través del patio de luces interior de parcela o cubierta del edificio. En último extremo, si ha de hacerse sobre el espacio público, no se hará a altura menor que tres (3) metros y no producirá goteos u otras molestias sobre el espacio público. Art. 3.6.13. INSTALACIONES EN LA FACHADA 1.- Ninguna instalación de refrigeración, acondicionamiento de aire, evacuación de humos o extractores, podrá sobresalir más de cuarenta (40) centímetros del plano de fachada exterior, ni perjudicar la estética de la misma. 2.- La instalación de aparatos de aire acondicionado visible desde la vía pública, requerirán de acuerdo favorable de la Comunidad de Propietarios, pudiendo el Ayuntamiento exigir un estudio del alzado del edificio si las características del mismo así lo aconsejasen, no pudiendo instalarse sino en la posición en que menos perjudiquen a la estética de la fachada y sin romper su cerramiento. 3.- Los equipos de acondicionamiento o extracción de aire en locales situados en la alineación exterior, no podrán tener salida a fachada a menos de tres (3) metros sobre el nivel de la acera. Un saludo, Diego Melero Concejal de Hacienda y Personal
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