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24 Junio 2015

Publicado en el BOPZ la convocatoria del procedimiento de concesión directa de gafas para menores de 4 a 16 años, según convenio firmado entre el Ayuntamiento y La Caixa

El Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza ha publicado (con fecha 23 de junio) la convocatoria del procedimiento de concesión directa, por razones de protección a la infancia en desventaja social, de ayudas en especie (gafas graduadas). Así, el BOPZ recoge el procedimiento para el otorgamiento de subvenciones en especie consistente en la obtención de una gafa graduada, para menores de 4 a 16 años, por el procedimiento de concesión
directa, según el convenio que el Ayuntamiento firmó con la entidad Caixa Bank, S.A., a través de la Obra Social la Caixa.


La gafa infantil objeto de este convenio (montura y cristales) tendrá las características siguientes: La montura elegida según edad y género serán cristales orgánicos de índice 1,5 con tratamiento endurecido siendo válidos para graduaciones hasta ± 2 dioptrías de astigmatismo y/o que la esfera esté comprendida en el rango de “stockage”. La ayuda será directa, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y la cuantía individual del coste de la gafa será de 70 euros.

Segunda. — Financiación.
El presupuesto destinado a esta convocatoria, será de 3.200 euros.
Tercera. — Requisitos generales del beneficiario de la ayuda.
• El beneficiario deberá estar empadronado en el municipio de Utebo y tener entre 4 y 16 años de edad.
• El padre/madre o tutor legal solicitante deberá no estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Tener menores de edad convivientes (de 0 a 16 años).
• Tener en la unidad de convivencia uno o más miembros activos para el trabajo en situación legal de desempleo, o que en el último año hayan  trabajado un máximo de setenta y tres días.
• Disponer como único ingreso el cobro de prestaciones o nóminas por debajo de 532,51euros/mes, una vez descontados los gastos mensuales por cargas de vivienda. En caso de formar parte de la unidad familiar y de convivencia de más de un menor a cargo, la cantidad mensual ponderará por 1,5 con un incremento de 0,5 por cada nuevo hijo. Se considerará beneficiario de la ayuda el solicitante que cumpla y acredite los requisitos referidos, no efectuando por tanto comparación de solicitudes a efectos de una posible prelación entre ellas.

Quinta. — Convocatoria, plazo de solicitud y documentación a aportar.

El procedimiento de concesión de estas ayudas en especie se iniciará de oficio mediante la presente convocatoria y durará hasta el momento en que se produzca el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias destinadas al efecto y, en todo caso, hasta el día 31 de diciembre de 2015.

Puede consultarse el documento íntegro del BOPZ con todos los requisitos y condiciones aquí: bopz23junio.pdf

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