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Actas de pleno
El acta es el documento oficial que recoge lo tratado o acordado por el pleno. De cada sesión plenaria, la secretaria extenderá acta. Una vez aprobada ésta en la siguiente sesión plenaria, se transcribirá en el Libro de actas, autorizándola con las firmas del presidente y de la secretaria. Para su formalización los libros de actas deben reunir una serie de requisitos formales y cautelas recogidos en la ley.
A partir de 2019, toda la información plenaria (actas, órdenes del día) se pone a disposición de los vecinos a través del Apartado de Transparencia de la Sede Electrónica
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